Regl. 9779, art. 1 dup2

DISPOSICIONES GENERALES

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Cite as Reglamento Núm. 9779, Art. 1 dup2

1.1 TÍTULO Este reglamento se conocerá con el nombre de "Reglamento para la Imposición de Sanciones y Multas Administrativas por el Incumplimiento de la Ley Núm. 11-2009, según enmendada, a los Fines de Promover una Política Publica Uniforme de Igual Paga par Igual Trabajo sin Discriminación de Genera y para Otros Fines Relacionados", en adelante "Reglamento". 1.2 BASE LEGAL Este Reglamento se adopta al amparo de la Ley Núm. 20-2001, según enmendada, mejor conocida como Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres; la Ley Núm. 11-2009, según enmendada, conocida como Ley de los Programas de Adiestramiento y Educación Encaminados a Garantizar Igual Paga por Igual Trabajo; y la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico. 1.3 PROPÓSITO, RESUMEN EJECUTIVO Y ANÁLISIS COSTO-BENEFICIO La Ley Núm. 11-2009, según enmendada por la Ley Núm. 230-2014, reafirma la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a garantizar la igualdad salarial y a erradicar las prácticas discriminatorias que afectan la compensación de las mujeres en el empleo. Como parte de dicha política pública, se delegó en la Oficina de la Procuradora de las Mujeres la responsabilidad de adoptar la reglamentación necesaria para supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a las entidades gubernamentales. Este Reglamento tiene como propósito establecer los procedimientos, mecanismos de evaluación y criterios administrativos que utilizará la Oficina de la Procuradora de las Mujeres para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley Núm. 11-2009, según enmendada. Asimismo, dispone las medidas correctivas, sanciones y multas que podrán imponerse a los departamentos, agencias, corporaciones públicas y municipios que incumplan con los deberes relacionados con la implantación de programas de educación, orientación y adiestramiento dirigidos a promover la igualdad salarial y la eliminación de prácticas discriminatorias en el empleo. La adopción de este Reglamento fortalece la capacidad fiscalizadora de la Oficina y promueve una aplicación uniforme de la legislación vigente. Además, provee certeza administrativa a las entidades sujetas a su cumplimiento y fomenta una cultura institucional orientada a la equidad, la transparencia y el respeto a los derechos laborales de las mujeres. 4 La Oficina de la Procuradora de las Mujeres certifica que la aprobación y puesta en vigor de este Reglamento no representa un impacto fiscal adicional significativo para la Agencia ni para la ciudadanía. Por el contrario, su implantación contribuye al cumplimiento efectivo de la política pública de igualdad salarial y fortalece los mecanismos de supervisión y rendición de cuentas establecidos por ley. 1.4 APLICABILIDAD Ley Núm. 11-2009, según enmendada, aplica a todos los departamentos, agencias e instrumentalidades, y municipios del Gobierno de Puerto Rico.
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