Regl. 9779, art. 7 dup2
CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD
Cite as Reglamento Núm. 9779, Art. 7 dup2
Si cualquier parte, párrafo o cláusula de este Reglamento fuere declarada nula, inconstitucional o
ilegal por un Tribunal con jurisdicción competente, la sentencia dictada a tal efecto sólo afectara
aquella parte, párrafo o cláusula cuya nulidad haya sido decretada.
ARTÍCULO 8 DEROGACIÓN
Este Reglamento deroga el Reglamento Núm. 8675, Reglamento Para la Imposición de Sanciones
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2001. En caso de determinarse preliminarmente que las acciones constituyen delito público,
referirá la evidencia al Secretario de Justicia para la acción correspondiente. La cuantía generada
como producto de las multas impuestas ingresaran al Fondo General del Tesoro Estatal para ser
asignado a la OPM para subvencionar los programas de adiestramiento y educación encaminados
a garantizar igual paga por igual trabajo.