Regl. 9780, art. 12-9

CRITERIOS PARA FIJAR EL MONTO DE LA MULTA

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Cite as Reglamento Núm. 9780, Art. 12-9

Entre los criterios para fijar el monto de la multa administrativa, la OPM podrá considerar los siguientes: 1. El número de incumplimientos con la Ley y/o Reglamento cometidos durante el período evaluado. 2. La gravedad de los incumplimientos. 11 3. Los patrones anteriores de incumplimiento y/o irregularidades. 4. El/las funcionario/a o empleado/a objeto de multas. Podrán servir de atenuantes en la imposición de multas, ya sea para rebajarla o eliminarla, la posibilidad de soluciones rápidas que presente la Agencia en cuestión; el hecho de que sea la primera ocasión en que viola la ley o sus normas y que inmediatamente corrigieron la situación; o el acuerdo escrito de la Autoridad Nominadora certificando que no ocurrirán más incumplimientos de esta índole. Disponiéndose que, de ocurrir incumplimientos adicionales las multas serán establecidas por el máximo permitido en la Ley, sin considerar atenuantes.
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