Regl. 4170, art. 3

NOMBRAMIENTO Y COMPOSICION DE LA JUNTA

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Cite as Reglamento Núm. 4170, Art. 3

3.1 El Director Ejecutivo emitirá los nombramientos de los miembros de la Junta de Revisión, entre los cuales designará el Presidente. La Junta estará constituída por no menos de tres (3) miembros. 3.2 Los nombramientos de los miembros de la Junta serán sin términofijo y podrán ser sustituídos en cualquier momento por el Director Ejecutivo. Estos deseeñarán sus funciones hasta que el miembro sucesor sea nombrado. 3.3 El Director Ejecutivo podrá nombrar suplentes para sustituir miembros regulares de la Junta durante una ausencia prolongada o un miembro ad-joc cuando las circunstancias así lo requieran.
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