Regl. 9782, art. 11

Acuerdo de Trabajo a Distancia o Teletrabajo

Length: 509 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9782, Art. 11

El Acuerdo de Trabajo a Distancia O Teletrabajo se hará según las disposiciones de la Ley núm. 36-2020, supra. El acuerdo será firmado por el empleado y el secretario O su representante autorizado. Antes de formalizarse se tomará en consideración lo siguiente: 1. Idoneidad del empleado: Se evaluarán las necesidades y los hábitos de trabajo del empleado, en comparación con los rasgos habitualmente reconocidos como apropiados para un teletrabajo exitoso. 2. Responsabilidades del trabajo: Se discutirán las responsabilidades del trabajo y se determinará si las funciones que realiza el empleado son apropiadas para un Acuerdo de Trabajo a Distancia O Teletrabajo. 16 3. Necesidades de equipo, consideraciones de diseño de espacio de trabajo y problemas de programación: Se discutirá si el empleado posee un espacio para realizar el teletrabajo que resulte apropiado, y si posee el equipo necesario para llevar a cabo sus tareas. De poseer equipo, se revisará si este se puede programar de forma que cumpla con los estándares de seguridad requeridos en el DEPR. Como parte del acuerdo será obligatorio incluir disposiciones relacionadas con los siguientes aspectos: 1. Periodo de prueba: El empleado estará sujeto a un periodo probatorio, en el que deberá demostrar que tiene las destrezas necesarias para cumplir a cabalidad con las funciones de su puesto desde un lugar remoto, previamente establecido. Este periodo de prueba será de tres (3) meses. La evaluación del desempeño del empleado, en este periodo de prueba, incluirá la interacción por teléfono y mediante correo electrónico con su supervisor y demás compañeros de trabajo y una reunión semanal, presencial O virtual. En esta reunión, el supervisor discutirá con el empleado el progreso O problemas enfrentados. Completado el periodo probatorio se realizará una evaluación final, en la que el supervisor recomendará la continuación O no del empleado en el programa O modificaciones al acuerdo. Posterior al periodo probatorio, el empleado será supervisado y evaluado de la misma forma en que se supervisan las funciones que realiza un empleado de forma presencial. 2. Responsabilidades del empleado: El acuerdo deberá hacer referencia clara y detallada de las tareas que ha de realizar el empleado, el 17 término que tiene para realizar las tareas asignadas, la forma en que presentará su trabajo, las métricas de evaluación que serán utilizadas, la asignación de equipo del DEPR, las responsabilidades del empleado respecto a la confidencialidac de la información y la seguridad, y cualquier otro tema pertinente referente a la realización de las tareas, ejecución y supervisión. 3. Término: El acuerdo deberá establecer claramente la fecha de terminación de este. 4. Lugar de teletrabajo: El acuerdo deberá indicar el lugar específico donde se está autorizando al empleado a trabajar de forma remota. 5. Voluntariedad: El acuerdo debe establecer, claramente, que la participación en el programa es voluntaria y que el empleado entiende y reconoce que podrá rescindir de este en cualquier momento para regresar a su área de trabajo presencial. 6. Resolución: El acuerdo deberá establecer las causas que podrá tener el DEPR para la disolución inmediata del Acuerdo de Trabajo a Distancia o Teletrabajo.
Regl. 9782, art. 11: Acuerdo de Trabajo a Distancia o Teletrabajo | Justis AI