Regl. 9783, art. 3

Propósito, Resumen Ejecutivo y Análisis Costo-Beneficio

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Cite as Reglamento Núm. 9783, Art. 3

El propósito de este reglamento es establecer la política pública del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) sobre las vistas administrativas formales e informales celebradas al amparo del Reglamento núm. 9416, supra, y del Reglamento núm. 9243, supra, para que se lleven a cabo mediante el mecanismo de videoconferencia. Así pues, se garantiza el debido proceso de ley, la participación efectiva de las partes y la confiabilidad del procedimiento administrativo. De conformidad con el Capítulo III, sección 3.22, de la Ley núm. 38-2017, según enmendada, Celebración de vistas administrativas mediante videoconferencia, indica que: La agencia que lleve a cabo vistas como parte del proceso adjudicativo administrativo, establecerá, mediante reglamento como primera opción la celebración de las mismas utilizando el mecanismo de videoconferencia, siempre que las partes afirmen que cuentan con la facilidad de acceso y conectividad. En atención a ello, los principios y las disposiciones contenidos en dicha sección se incorporan y forman parte integral de este reglamento. Cónsono con lo anterior, el DEPR certifica que la aprobación e implementación de este reglamento no conlleva impacto fiscal adicional alguno para la agencia ni para la ciudadanía en general. Por el contrario, los procedimientos aquí establecidos promueven una gestión administrativa más eficiente al facilitar la celebración de vistas mediante videoconferencia, lo que permite la comparecencia simultánea de las partes y demás participantes sin necesidad de desplazamientos físicos, reduciendo así costos y tiempo asociados a la celebración de estos procedimientos. Asimismo, esta modalidad contribuye a optimizar el uso de los recursos públicos y a agilizar la tramitación de los procedimientos adjudicativos administrativos. 5
Regl. 9783, art. 3: Propósito, Resumen Ejecutivo y Análisis Costo-Beneficio | Justis AI