Regl. 9783, art. 9 dup2
Notificación de Vista Administrativa Formal e Informal mediante
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Cite as Reglamento Núm. 9783, Art. 9 dup2
Videoconferencia
Al notificarse la celebración de la vista administrativa formal O informal
mediante videoconferencia, el oficial Examinador citará a las partes por medio
de sus respectivos correos electrónicos. De una parte, contar con
representación legal, bastará con que la notificación se dirija a este y no a la
parte directamente. Ello, a menos que sea solicitado por la parte O el oficial
examinador lo entienda necesario. También notificará sobre la plataforma,
aplicación O software a utilizarse, el número de identificación de la reunión y
la contraseña. Esta última, de requerirse para la vinculación de las partes en
la fecha y hora pautada.
La parte que, por justa causa, requiera la transferencia O la suspensión de la
vista administrativa, deberá solicitarlo por escrito conforme con las
instrucciones impartidas por el oficial examinador en la Orden de
Señalamiento de la Vista Administrativa Informal y con la Ley núm. 38-2017,
según enmendada. Dicha solicitud será sometida con cinco (5) dÃas de
anticipación a la fecha de dicha vista. La parte peticionaria deberá enviar
copias de su solicitud a las demás partes en el procedimiento, dentro de los
cinco (5) dÃas señalados, salvo por justa causa.