Regl. 9785, art. 17

DEROGACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9785, Art. 17

A partir de la vigencia de este Reglamento, quedará derogado el Reglamento Núm. 7801 de 26 de enero de 2010, conocido como Reglamento sobre la Operación de Cámaras de Seguridad en la Comisión Industrial de Puerto Rico, así como cualquier orden administrativa, norma, carta circular, directriz, práctica o disposición interna de la Comisión que sea incompatible con este Reglamento.
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