Regl. 9786, art. II

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. II

Este reglamento se adopta en virtud de las facultades que se le confieren al secretario de Educación y según los estatutos de las leyes que cobijan o impactan la certificación de maestros de Puerto Rico; a saber: Ley núm. 94, de 21 de junio de 1955, según enmendada, mejor conocida como Ley de Certificación de Maestros. Ley núm. 212- 2018, según enmendada, mejor conocida como Ley de Registro y Licenciamiento de instituciones de Educación. Ley núm. 85- 2018, según enmendada, mejor conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Ley núm. 38- 2017, según enmendada, mejor conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Ley núm. 49 de 30 de junio de 1988, que regula el establecimiento y la operación de instituciones educativas privadas de nivel preescolar, elemental, secundario O postsecundario. Ley núm. 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada, mejor conocida como Ley de la Junta de Apelaciones del Sistema de Educación. Carta Circular núm. 04-2022-2023: Política Pública sobre las Pruebas de Certificación de Maestros (PCMAS) y la preparación del State Teacher Report Card ARTÍCULO III. TÍTULO Y APLICABILIDAD Este documento se conocerá como el Reglamento de Certificación del Personal Docente de Puerto Rico, y establece los requisitos para que todo candidato a maestro pueda obtener un certificado regular de personal docente que lo acredite para trabajar en las instituciones educativas públicas, privadas y del nivel postsecundario conforme a las disposiciones de la Ley núm. 85, supra y Ley núm. 94, supra. REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO 5
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