Regl. 9786, art. II
BASE LEGAL
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. II
Este reglamento se adopta en virtud de las facultades que se le confieren al
secretario de Educación y según los estatutos de las leyes que cobijan o
impactan la certificación de maestros de Puerto Rico; a saber:
Ley núm. 94, de 21 de junio de 1955, según enmendada, mejor conocida como Ley
de Certificación de Maestros.
Ley núm. 212- 2018, según enmendada, mejor conocida como Ley de Registro y
Licenciamiento de instituciones de Educación.
Ley núm. 85- 2018, según enmendada, mejor conocida como Ley de Reforma
Educativa de Puerto Rico.
Ley núm. 38- 2017, según enmendada, mejor conocida como Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Ley núm. 49 de 30 de junio de 1988, que regula el establecimiento y la operación
de instituciones educativas privadas de nivel preescolar, elemental, secundario O
postsecundario.
Ley núm. 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada, mejor conocida como Ley
de la Junta de Apelaciones del Sistema de Educación.
Carta Circular núm. 04-2022-2023: Política Pública sobre las Pruebas de
Certificación de Maestros (PCMAS) y la preparación del State Teacher Report Card
ARTÍCULO III. TÍTULO Y APLICABILIDAD
Este documento se conocerá como el Reglamento de Certificación del
Personal Docente de Puerto Rico, y establece los requisitos para que todo
candidato a maestro pueda obtener un certificado regular de personal
docente que lo acredite para trabajar en las instituciones educativas públicas,
privadas y del nivel postsecundario conforme a las disposiciones de la Ley
núm. 85, supra y Ley núm. 94, supra.
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO 5