Regl. 9786, art. VIII-13
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. VIII-13
RUTA DE RECERTIFICACIÓN
Poseer un certificado regular de maestro y:
1. Una concentración menor o especialidad (18 crs.), que incluya la metodología de enseñanza en educación de adultos o
Andragogía. Estos cursos pueden ser a nivel de bachillerato o maestría o la combinación de ambos niveles.
2. Certificación en Andragogía con un mínimo de trescientas cincuenta (350) horas contacto, que incluya las siguientes áreas:
Legislación y conceptos básicos de la enseñanza de adultos
Métodos y estrategias de la enseñanza de adultos
Planificación e implementación del Programa de Adultos
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