Regl. 9786, art. XIII-7
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIII-7
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1.
Poseer un certificado regular de maestro de Programas Académicos (Art. VIII), Educación
1.
maestría O doctorado en *Administración y
Especial (Art. IX), Programa Ocupacional (Art. x), Programas Montessori (Art. XI), Consejero Escolar
DIRECTOR ESCOLAR (K-12)
Supervisión Escolar,
y Trabajo Social Escolar.
2. maestría o doctorado y una especialidad (18
2. Curso de Práctica Supervisada como director de escuela o su equivalente (un año de experiencia
crs.) en * Administración y Supervisión Escolar.
como director de escuela) en escuela pública o privada a jornada completa.
3. Cinco (5) años de experiencia como maestro de la sala de clases. La experiencia será
*Por Administración y Supervisión Escolar se pueden
constatada por la DE 409 en el Departamento de Educación, en el caso de colegios privados
considerar: Liderazgo Educativo; Gerencia y
mediante certificación de experiencia.
Liderazgo Educativo.
Trabajadores sociales o consejeros- cinco (5) años de experiencia en el escenario escolar. La
experiencia será constatada por la DE 409 en el Departamento de Educación, en el caso de colegios
privados mediante certificación de experiencia.
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CERTIFICADO
PREPARACIÓN ACADÉMICA
REQUISITOS ADICIONALES