Regl. 9786, art. XIV-1
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-1
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1.
Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia
1. maestría en la especialidad,
como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con
EDUCACIÓN GENERAL:
2. maestría y doce (12) crs. en el área de especialidad.
evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución
autorizada por organismos reconocidos.
ESPAÑOL
Además de los requisitos generales, debe incluir cursos en:
INGLÉS
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia
MATEMÁTICAS
tecnológica e inclusión,
*Se podrán considerar las siguientes especialidades: Ciencias Sociales o
CIENCIAS SOCIALES E
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a
Historia.
HISTORIA*
Distancia y Virtual,
BIOLOGÍA
Historia de Puerto Rico,
FÍSICA
Historia de Estados Unidos.
70
CERTIFICADO DE
PREPARACIÓN ACADÉMICA
REQUISITOS ADICIONALES
PROFESOR