Regl. 9786, art. XIV-11

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-11

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: 1. Bachillerato o maestría en Radiología, CIENCIAS DE LA 2. Bachillerato dirigido a una de las ramas de las Ciencias de la 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa O tres (3) años a jornada SALUD: Salud y un grado asociado en Radiología otorgado por una parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación Técnica. institución autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos 2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia como profesor TECNOLOGÍA de Norteamérica. postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones satisfactorias en su RADIOLÓGICA desempeño docente de una institución autorizada por organismos reconocidos. Además de los requisitos generales, debe incluir cursos en: 3. Licencia de la Junta Examinadora correspondiente, en el caso de ocupaciones Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia reglamentadas por ley o estar debidamente colegiado cuando aplique. tecnológica e inclusión, Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual, Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. 78 CERTIFICADO DE OTROS REQUISITOS ADICIONALES PROFESOR PREPARACIÓN ACADÉMICA
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