Regl. 9786, art. XIV-15

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

Length: 149 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-15

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres 1. Bachillerato o maestría en Sistemas de Información, (3) años a jornada parcial en el área técnica relacionada certificada TECNOLOGÍA EN SISTEMA 2. Bachillerato o maestría en área relacionada a Ciencias de Computadoras. por el Área de Educación Técnica. DE INFORMACIÓN 2. Un (1) año a jornada completa O dos (2) años a jornada parcial de Además, de los requisitos generales, debe incluir cursos en: experiencia como profesor postsecundario en la enseñanza de la Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e asignatura, con evaluaciones satisfactorias en su desempeño inclusión, docente de una institución autorizada por organismos reconocidos. Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual, Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. CERTIFICADO DE PROFESOR PREPARACIÓN ACADÉMICA OTROS REQUISITOS ADICIONALES
Regl. 9786, art. XIV-15: REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO | Justis AI