Regl. 9786, art. XIV-18

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-18

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa O tres (3) años 1. Bachillerato en Educación Industrial y un certificado o grado asociado en Mecánica de a jornada parcial en la industria relacionada con su área técnica certificada MECÁNICA DE AVIACIÓN Aviación o Mantenimiento Aeronáutico otorgado por una institución autorizada para por el Área de Educación Técnica. operar en Puerto Rico O Estados Unidos de Norteamérica, Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia 2. Bachillerato y un certificado o grado asociado en Mecánica de Aviación, 3. Mantenimiento Aeronáutico otorgado por una institución autorizada para como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con operar en Puerto Rico o Estados Unidos de Norteamérica. evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por organismos reconocidos. Además de los requisitos generales, debe incluir cursos en: Licencia vigente de la Administración Federal de Aviación como Mecánico de Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e inclusión, Aviación, Motores y Estructuras (A&P Mechanic) y demostrar que nunca ha Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual, tenido violaciones O penalidades (Blue Ribbon Package). Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. 83 CERTIFICADO DE PREPARACIÓN ACADÉMICA OTROS REQUISITOS ADICIONALES PROFESOR
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