Regl. 9786, art. XIV-18
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-18
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa O tres (3) años
1.
Bachillerato en Educación Industrial y un certificado o grado asociado en Mecánica de
a jornada parcial en la industria relacionada con su área técnica certificada
MECÁNICA DE AVIACIÓN
Aviación o Mantenimiento Aeronáutico otorgado por una institución autorizada para
por el Área de Educación Técnica.
operar en Puerto Rico O Estados Unidos de Norteamérica,
Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia
2.
Bachillerato y un certificado o grado asociado en Mecánica de Aviación,
3.
Mantenimiento Aeronáutico otorgado por una institución autorizada para
como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con
operar en Puerto Rico o Estados Unidos de Norteamérica.
evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución
autorizada por organismos reconocidos.
Además de los requisitos generales, debe incluir cursos en:
Licencia vigente de la Administración Federal de Aviación como Mecánico de
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e inclusión,
Aviación, Motores y Estructuras (A&P Mechanic) y demostrar que nunca ha
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual,
tenido violaciones O penalidades (Blue Ribbon Package).
Historia de Puerto Rico,
Historia de Estados Unidos.
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CERTIFICADO DE
PREPARACIÓN ACADÉMICA
OTROS REQUISITOS ADICIONALES
PROFESOR