Regl. 9786, art. XIV-2

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-2

Bachillerato o maestría en la especialidad 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación TECNOLOGÍAS DE Además de los requisitos generales, debe incluir cursos en: Técnica. INGENIERÍA: Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia 2. Un (1) año a jornada completa O dos (2) años a jornada parcial de experiencia tecnológica e inclusión, como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones CIVIL Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por ELÉCTRICA Distancia y Virtual, organismos reconocidos. Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. Licencia vigente cuando aplique. CERTIFICADO DE PREPARACIÓN ACADÉMICA REQUISITOS ADICIONALES PROFESOR
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