Regl. 9786, art. XIV-3

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-3

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años 1. Bachillerato o maestría en la especialidad. a jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de TECNOLOGÍAS DE 2. Bachillerato o maestría en Química Educación Técnica. INGENIERÍA: 2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia Además de los requisitos generales, debe incluir cursos de: como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con QUÍMICA Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución tecnológica e inclusión, autorizada por organismos reconocidos. Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual, Licencia vigente cuando aplique. Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. 71 CERTIFICADO DE PREPARACIÓN ACADÉMICA REQUISITOS ADICIONALES PROFESOR
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