Regl. 9786, art. XIV-3
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-3
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1.
Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años
1. Bachillerato o maestría en la especialidad.
a jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de
TECNOLOGÍAS DE
2. Bachillerato o maestría en Química
Educación Técnica.
INGENIERÍA:
2.
Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia
Además de los requisitos generales, debe incluir cursos de:
como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con
QUÍMICA
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia
evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución
tecnológica e inclusión,
autorizada por organismos reconocidos.
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a
Distancia y Virtual,
Licencia vigente cuando aplique.
Historia de Puerto Rico,
Historia de Estados Unidos.
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CERTIFICADO DE
PREPARACIÓN ACADÉMICA
REQUISITOS ADICIONALES
PROFESOR