Regl. 9786, art. XIV-4

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

Length: 270 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-4

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a 1. Bachillerato O maestría en la especialidad. jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de TECNOLOGÍAS DE 2. Bachillerato O maestría en Ingeniería Eléctrica y 21 créditos en Educación Técnica. INGENIERÍA EN: áreas relacionadas a electrónica (Electrónica, Instrumentación o 2. Un (1) año a jornada completa O dos (2) años a jornada parcial de experiencia Telecomunicaciones y Redes). como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con ELECTRÓNICA 3. Bachillerato en Tecnología Electrónica. evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por organismos reconocidos. Además de los requisitos generales, debe incluir cursos de: 3. Licencia vigente de la Junta Examinadora de Electrónica Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia 4. Cursos por considerar en la especialidad: tecnológica e inclusión, Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual, Microprocesadores Circuitos de corriente directa DC Historia de Puerto Rico, Electrónica digital I Lab. de DC Historia de Estados Unidos. Electrónica digital II Circuitos de corriente alterna ac Teoría de comunicaciones Lab. de AC Electromagnética I Análisis de sistemas I Electromagnética II Análisis de sistemas II Ingeniería de circuitos Lab. de sistemas I integrados Lab. de sistemas II Diseño de circuitos analógicos Circuitos de lógica Sistemas de controles Electrónica I (electrónica Diseño de sistemas digitales básica) Comunicación entre Electrónica II (análisis y diseño) computadoras Lab. de electrónica I Lab. de electrónica II Algoritmos y programación de computadoras para microprocesadores 72 CERTIFICADO DE PREPARACIÓN ACADÉMICA REQUISITOS ADICIONALES PROFESOR
Regl. 9786, art. XIV-4: REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO | Justis AI