Regl. 9786, art. XIV-5

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-5

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa O tres (3) años a 1. Bachillerato o maestría en la especialidad, jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación TECNOLOGÍAS DE Bachillerato en Ingeniería y un certificado o grado asociado en Técnica. INGENIERÍA EN: Ingeniería Mecánica otorgado por una institución autorizada 2. Un (1) año a jornada completa O dos (2) años a jornada parcial de experiencia para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de Norteamérica. como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones MECÁNICA satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por Además de los requisitos generales, debe incluir cursos de: organismos reconocidos. Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e inclusión, Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Licencia vigente cuando aplique. Distancia y Virtual, Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. 73 CERTIFICADO DE PREPARACIÓN ACADÉMICA REQUISITOS ADICIONALES PROFESOR
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