Regl. 9786, art. XIV-6
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-6
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a
1. Bachillerato O maestría en la especialidad.
jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación
TECNOLOGÍAS DE
2. Bachillerato o maestría en educación con concentración o
Técnica.
INGENIERÍA:
especialidad en Educación Ocupacional o Industrial y un certificado o
2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia como
grado asociado en Instrumentación otorgado por una institución
profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones
INSTRUMENTACIÓN
autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de
satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por
Norteamérico.
organismos reconocidos.
3. Bachillerato O maestría con concentración o especialidad en
electrónica y un certificado o grado asociado en Instrumentación
Licencia vigente cuando aplique.
otorgado por una institución autorizada para operar en Puerto Rico o
Estados Unidos de Norteamérica.
Además de los requisitos generales, debe incluir cursos de:
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia
tecnológica e inclusión,
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a
Distancia y Virtual,
Historia de Puerto Rico,
Historia de Estados Unidos.
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CERTIFICADO DE PROFESOR
PREPARACIÓN ACADÉMICA
OTROS REQUISITOS ADICIONALES