Regl. 9786, art. XIV-6

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO

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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-6

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: 1. Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a 1. Bachillerato O maestría en la especialidad. jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación TECNOLOGÍAS DE 2. Bachillerato o maestría en educación con concentración o Técnica. INGENIERÍA: especialidad en Educación Ocupacional o Industrial y un certificado o 2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia como grado asociado en Instrumentación otorgado por una institución profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones INSTRUMENTACIÓN autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por Norteamérico. organismos reconocidos. 3. Bachillerato O maestría con concentración o especialidad en electrónica y un certificado o grado asociado en Instrumentación Licencia vigente cuando aplique. otorgado por una institución autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de Norteamérica. Además de los requisitos generales, debe incluir cursos de: Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e inclusión, Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual, Historia de Puerto Rico, Historia de Estados Unidos. 74 CERTIFICADO DE PROFESOR PREPARACIÓN ACADÉMICA OTROS REQUISITOS ADICIONALES
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