Regl. 9786, art. XIV-7
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO ENMENDADO
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Cite as Reglamento Núm. 9786, Art. XIV-7
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1.
Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa o tres
1. Bachillerato o maestría en la especialidad.
(3) años a jornada parcial en el área técnica relacionada certificada
TECNOLOGÍAS DE INGENIERÍA:
2.
Bachillerato o maestría en educación con concentración o especialidad en
por el Área de Educación Técnica.
Educación Ocupacional O Industrial y un certificado o grado asociado en
2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de
TELECOMUNICACIONES
Telecomunicaciones otorgado por una institución autorizada para operar
experiencia como profesor postsecundario en la enseñanza de la
en Puerto Rico O Estados Unidos de Norteamérica,
asignatura, con evaluaciones satisfactorias en su desempeño
3. Bachillerato O maestría con concentración o especialidad en Electrónica y
docente de una institución autorizada por organismos reconocidos.
un certificado o grado asociado en Telecomunicaciones otorgado por una
institución autorizada para operar en Puerto Rico O Estados Unidos de
Norteamérica.
Licencia vigente cuando aplique.
Además de los requisitos generales, debe incluir cursos en:
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e
inclusión,
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y
Virtual,
Historia de Puerto Rico,
Historia de Estados Unidos.
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CERTIFICADO DE PROFESOR
PREPARACIÓN ACADÉMICA
REQUISITOS ADICIONALES