Regl. 9789, art. 2.10
Cargos y Derechos
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Cite as Reglamento Núm. 9789, Art. 2.10
A. Los Profesionales e Inspectores Autorizados, tendrán que utilizar el Sistema
Unificado de Información, el cual remitirá automáticamente a la OGPe y a los
Municipios Autónomos con JerarquÃa de la I a la III los cargos y derechos pagados
por los solicitantes al presentar solicitudes de permisos y otras transacciones, asÃ
como los aranceles por concepto de presentación y enmiendas de planos, según
estos sean fijados por la OGPe.