Regl. 9789, art. 2.11
Honorarios y Directrices
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Cite as Reglamento Núm. 9789, Art. 2.11
A. Mediante Orden Administrativa, el Secretario Auxiliar de la OGPe establecerá los
honorarios que los Profesionales Autorizados e Inspectores Autorizados podrán
cobrar a los solicitantes por sus servicios. Además, cuando sea necesario, podrán
emitir las aclaraciones 0 directrices especÃficas con relación a cualquier asunto
relacionado a este Reglamento, Reglamento Conjunto vigente o cualquier otra ley
aplicable.
B. El Secretario Auxiliar de la OGPe podrá asignar casos a los Profesionales
Autorizados 0 Inspectores Autorizados de forma aleatoria, por regiones u otros
criterios pertinentes, mediante el Sistema Unificado de Información. Dichas
ELRT
asignaciones deberán ser aceptadas obligatoriamente por los Profesionales
Autorizados e Inspectores Autorizados.
MMR
30 de junio de 2026
Reglamento de Regulación de Profesionales
CRP
ante la Oficina de Gerencia de Permisos
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Document ID: 925555ed2dec4a59a4e7ed21e7672d06476a9d7a
Reglamento de Regulación de Profesionales ante la Oficina de Gerencia de Permisos