Regl. 9789, art. 7.4.1-8.1

Disposiciones Generales

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Cite as Reglamento Núm. 9789, Art. 7.4.1-8.1

A. La Ley Núm. 161-2009, establece que la OGPe determinará los requisitos de los cursos que tendrán que tomar los Profesionales e Inspectores Autorizados y el examen que tendrán que aprobar para acreditarse como tal. B. Entre los exámenes que tendrán que aprobar los Profesionales e Inspectores Autorizados deberán cumplir con las normas psicométricas requeridas para que sean legalmente defendibles, según establece Standards for Educational and Psychological Testing (AERA, APA, & NCME, 1999). C. El banco de preguntas será lo suficientemente extenso y variado para que se proteja la integridad de cada examen. Regla. 8.2 Administración del Examen A. El Secretario Auxiliar de la OGPe contratará a uno 0 más administrador de exámenes debidamente cualificado y confiable, que será responsable de administrar ELRT los exámenes de certificación para los Profesionales Autorizados e Inspectores Autorizados, y publicará sus nombres en la Sección de Regulación Profesional del MMR portal digital de la OGPe. El administrador contratado deberá contar con experiencia 30 de junlo de 2026 CRP Reglamento de Regulación de Profesionales ante la Oficina de Gerencia de Permisos 73 Document ID: 925555ed2dec4a59a4e7ed21e7672d06476a9d7a Reglamento de Regulación de Profesionales ante la Oficina de Gerencia de Permisos reconocida y demostrada capacidad técnica para garantizar la integridad, seguridad y confidencialidad del proceso. B. El administrador seleccionado deberá garantizar medidas estrictas de seguridad, tanto física como electrónica, para salvaguardar la integridad y confidencialidad del contenido del examen, así como asegurar que el proceso de administración se realice bajo condiciones óptimas de supervisión. C. El administrador del examen deberá ofrecer amplia disponibilidad de fechas y lugares convenientes para facilitar el acceso y participación de todos los solicitantes interesados en tomar dichos exámenes. Estas fechas deberán ser notificadas a la OGPe. Los candidatos serán responsables de reservar su espacio para tomar los exámenes. D. La OGPe supervisará periódicamente el desempeño del administrador del examen y podrá tomar acciones correctivas O cambiar al proveedor, de ser necesario, para asegurar la continuidad de altos estándares en la administración de los exámenes. E. El Administrador de Examen notificará los resultados de las pruebas al solicitante y será deber del solicitante adjuntar el documento a su solicitud de acreditación. F. De aprobar el examen, se autorizará al candidato presentar su solicitud de acreditación, a tenor con lo dispuesto en este Reglamento. G. Los Administradores de Exámenes ofrecerán exámenes individuales para la Certificación de: 1. Examen de Profesional Autorizado. 2. Examen de Profesional Autorizado de Permiso Verde. 3. Examen de Inspector Autorizado de Salud Ambiental. 4. Examen de Inspector Autorizado de Prevención de Incendios. 5. Examen de Inspector Autorizado de Permiso Único. 6. Examen de Inspector Autorizado de Siembra. ELRT 7. Examen de Inspector Autorizado de Sistemas Individuales de Desperdicios Domésticos. MMR 8. Examen de Inspector Autorizado de Proyectos Verdes. 9. Examen de Inspector Autorizado para Proyectos de Energía Renovable de Sistemas Fotovoltaicos. CRP 10. Examen de Inspector Autorizado para Proyectos de Energía Renovable de Sistemas Eólicos. Además, podrán ofrecer cualquier otro examen creado mediante Orden Administrativa emitida por el Secretario Auxiliar de la OGPe. 30 de junio de 2026 Reglamento de Regulación de Profesionales ante la Oficina de Gerencia de Permisos 74 ELRT Document ID: 925555ed2dec4a59a4e7ed21e7672d06476a9d7a Reglamento de Regulación de Profesionales ante la Oficina de Gerencia de Permisos Capítulo 9 Normas para Proyectos Verdes
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