Regl. 9789, art. 9.4.2-9.6

Inspector Autorizado de Proyecto Verde

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Cite as Reglamento Núm. 9789, Art. 9.4.2-9.6

A. Los Inspectores Autorizados de Proyecto Verde solamente evaluarán y expedirán Certificaciones de Inspecciones a Proyectos Verdes, luego de realizar las inspecciones y la revisión de documentos correspondientes, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley Núm. 161-2009, de este Reglamento y cualquier otra disposición legal aplicable. B. Las cualificaciones, capacitación y otras disposiciones especiales de cumplimiento aplicable a la clase de Inspector Autorizado de Proyecto Verde aparecen en este Reglamento en la Sección 3.4.7.
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