Regl. 4176, art. 13-13.1
Norma General
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Cite as Reglamento Núm. 4176, Art. 13-13.1
Los beneficios marginales representan un ingreso adicional para el
empleado, seguridad y mejores condiciones de empleo. La administración
del programa de beneficios marginales, en forma justa y eficaz, propende
a establecer un clima de buenas relaciones y satisfacción en el empleado,
que contribuye a su mayor productividad y eficiencia. E1 Departamento es
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responsable de velar porque el disfrute de los beneficios marginales se
lleve a cabo conforme a un plan que mantenga el adecuado balance entre
las necesidades del servicio y las necesidades del empleado, y la
utilización óptima de los recursos disponibles.
Constituye responsabilidad primordial del Departamento el mantener
a sus empleados debidamente informados y orientados sobre los beneficios
marginales y los términos y condiciones que rigen su disfrute.