Regl. 9793, art. 15 dup2

Requisitos para la Certificación de Equipos a Venderse

Length: 1,982 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9793, Art. 15 dup2

para Instalación Para obtener la Certificación para la Venta de Equipos de Generación distribuida con fuentes renovables de energía, a ser instalados en Puerto Rico, se deberá cumplir con ELRT los requisitos descritos a continuación y con el proceso de solicitud establecido por la YTG Junta de Planificación de Puerto Rico y la Oficina de Gerencia de Permisos. La MSA documentación requerida para cada uno de los equipos detallados en este Artículo y CRP necesaria para poder solicitar la certificación mencionada en este párrafo tendrá que ser presentada mediante el portal en la Internet provisto para ello por la OGPe, entiéndase, el SBP o el que esté vigente. Luego de realizar la evaluación pertinente se emitirá 0 denegará la certificación solicitada. Durante el proceso de evaluación, la OGPe podrá requerir información adicional que estime necesaria para poder expedir la certificación solicitada. A. Módulos Fotovoltaicos (placas o paneles solares) Para la certificación de equipos para Sistemas Fotovoltaicos, tendrá que cumplir con los siguientes requisitos: a. Proveer certificación de seguridad de módulo fotovoltaico: i. UL 1703, UL-61730 0 el vigente Para módulos fotovoltaicos cristalinos 0 de capa delgada ("thin film"); Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 47 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee ii. UL 8703 0 el vigente Para módulos concentradores fotovoltaicos, b. Proveer certificación de potencia y características de módulo fotovoltaico otorgada por un NRTL, según el estándar aplicable: i. IEC 61215 o el vigente para módulos fotovoltaicos de Silicón cristalino; ELRT ii. ICE 61646 para módulos fotovoltaicos de lámina delgada YTG ("thin film"); MSA iii. IEC 62108 o el vigente para módulos concentradores fotovoltaicos ("CPV"); CRP C. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero; d. Proveer carta de garantía por el manufacturero que garantice un rendimiento de no menos de un 80% de capacidad a STC a los veinte (20) años. B. Equipos para Sistemas Eólicos Para la certificación de equipos para Sistemas Eólicos enumerados a continuación, tendrá que cumplir con los siguientes requisitos: 1. Aerogeneradores Pequeños a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero; b. Proveer certificaciones que indique el cumplimiento con, al menos, uno de los siguientes estándares: Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energia Renovable 48 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee i. Certificación, otorgada por un NRTL, que indique los cumplimientos con los estándares IEC 61400-2. ii. Certificación, otorgada por un NRTL, que indique los cumplimientos con los estándares ACP 101-1 2021 o el vigente. iii. Certificación, otorgada por un NRTL, que indique los cumplimientos con los estándares UL-6142. iv. Certificación de cumplimiento con el SWCC, incluyendo sello de certificación del SWCC. C. Proveer carta de garantía por el manufacturero estableciendo los términos y alcance de la garantía por un mínimo de cinco (5) ELRT años. YTG d. Cuando por justa causa no pudiese presentarse alguna de las MSA certificaciones identificadas en el Artículo 15 (B) (1) (b), se requerirá cumplir con el proceso de Pre-Consulta establecido por CRP la OGPe, para obtener la certificación de estos equipos. 2. Aerogeneradores Pequeños con Inversor Integrado a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero; b. Proveer certificación que indique el cumplimiento con, al menos, uno de los siguientes estándares: i. Certificación, otorgada por un NRTL, que indique los cumplimientos con los estándares IEC 61400-2. Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 49 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee ii. Certificación de cumplimiento con el estándar ACP 101-1 2021 0 el vigente. iii. Certificación, otorgada por un NRTL, que indique los cumplimientos con los estándares UL-6142. iv. Certificación de cumplimiento con el SWCC, incluyendo sello de certificación del SWCC. C. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique el cumplimiento, para poder interconectar, con el estándar de UL 1741 o IEEE 1547-2018 0 el vigente; d. Proveer carta de garantía por el manufacturero estableciendo los ELRT términos y alcance de la garantía por un mínimo de cinco (5) años; YTG e. Cuando por justa causa no pudiese presentarse alguna de las MSA certificaciones identificadas en el Artículo 15 (B) (2) (b), se CRP requerirá cumplir con el proceso de Pre-Consulta establecido, para obtener la certificación de estos equipos. 3. Aerogeneradores grandes (más de 300 kW) a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero; b. Proveer certificación firmada por un Ingeniero Licenciado que indique el cumplimiento con el estándar IEC vigente y el código de construcción vigente; Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 50 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee C. Proveer carta de garantía por el manufacturero estableciendo los términos y alcance de la garantía indicativa de que esta dentro de los parámetros generalmente aceptados en la industria; d. Cuando por justa causa no pudiese presentarse alguna de las certificaciones identificadas en el Artículo 15 (B) (3) (b), se requerirá cumplir con el proceso de Pre-Consulta establecido, para obtener la certificación de estos equipos. Todos los aerogeneradores aquí descritos deben cumplir además con el estándar del NEC Articulo 694. C. Equipos Eléctricos para Sistemas de Energía Renovable Para la certificación de equipos Eléctricos para Sistemas de Energía Renovable que se enumeran a continuación, tendrá que cumplir con los siguientes requisitos: 1. Inversores ELRT a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el YTG manufacturero; MSA b. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique el cumplimiento, para poder interconectar, con el estándar de UL CRP 1741 0 UL 3741 y IEEE 1547-2018 o el vigente; C. Proveer carta de garantía por el manufacturero por un mínimo de cinco (5) años. 2. Controladores de Carga a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero; Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 51 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee b. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique el cumplimiento, con el estándar de UL 1741 0 UL 3741; C. Proveer carta de garantía por el manufacturero por un mínimo de cinco (5) años. 3. Optimizadores a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero; b. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique cumplimiento con el estándar UL 1741 o UL 1741 SA. Además, deben cumplir con los requisitos de IEEE 1547 y las normativas locales como el NEC 690.12; C. Proveer carta de garantía por el manufacturero por un mínimo de ELRT cinco (5) años. YTG 4. Baterías/ Sistemas de Almacenamiento de Energía MSA a. Tipos de baterías permitidas CRP El sistema de baterías deberá ser apto para uso estacionario y podrá ser, entre otras: i. Ácido-plomo de ciclo profundo (inundadas, AGM 0 Gel), diseñadas para ciclos de carga/descarga repetitivos; y/o ii. Litio-ion (e.g. LFP, NMC и otras químicas), diseñadas para aplicaciones estacionarias y con sistema de gestión (BMS) cuando aplique. b. Hoja de datos técnicos del manufacturero Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energia Renovable 52 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee Se deberá proveer hoja de datos técnicos (datasheet) provista por el manufacturero, la cual deberá incluir como mínimo: i. Voltaje nominal del sistema y/o de cada unidad; ii. Capacidad de almacenamiento (Amperio-Hora y/o Kilovatios-hora); iii. Química/tipo de batería y materiales relevantes (incluyendo electrolito cuando aplique); iv. Parámetros de carga y descarga (rango de voltaje, corriente máxima, C o rating, si aplica, profundidad de descarga recomendada y número de ciclos); V. Rangos de temperatura de operación y almacenamiento; ELRT vi. Dimensiones, peso, método de montaje, y grado de protección del gabinete (NEMA/IP) cuando aplique; YTG vii. Para baterías litio-ion: descripción del BMS, protecciones MSA (sobrecarga, sobre/ bajo voltaje, sobrecorriente, CRP temperatura) y requisitos de manejo térmico/ventilación; viii. Para baterías ácido-plomo: requisitos de ventilación (por liberación de gases), contención/gestión de derrames y compatibilidad de materiales por corrosión. C. Certificaciones mínimas requeridas (NRTL) Se deberá proveer certificación/listado emitido por un NRTL que evidencie cumplimiento con: Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 53 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee i. UL 9540, o edición vigente, para el Sistema de Almacenamiento de Energía (BESS) como conjunto (batería + BMS/inversor/cargador cuando aplique); ii. Para baterías litio-ion, evidencia de certificación de la batería (e.g. UL 1973 0 estándar equivalente vigente, cuando aplique) y cualquier evaluación adicional requerida por la jurisdicción/IFC para mitigación de riesgos (e.g. propagación térmica); iii. Para baterías ácido-plomo, certificación/listado aplicable del ELRT producto para uso estacionario y sus accesorios (gabinetes, YTG ventilación, protecciones y conexiones), conforme a normas UL/IEC vigentes aceptadas por la jurisdicción. MSA d. Garantía del manufacturero, como mínimo 5 años para cumplir CRP con otras leyes aplicables: Se deberá proveer carta de garantía del manufacturero. Para baterías litio-ion, la garantía deberá indicar, como mínimo, el criterio de retención de capacidad (e.g. porcentaje de capacidad a un número de años o ciclos). Para baterías ácido-plomo, deberá indicar vida útil esperada, condiciones de operación y mantenimiento requerido. Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 54 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee 5. Equipos de Energía Renovable Multifuncionales (EERM por sus siglas en inglés) a. Proveer especificaciones técnicas desarrolladas por el manufacturero. b. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique el cumplimiento con el estándar UL 1741 0 IEEE 1547 0 el vigente, si uno de sus componentes requiere interconexión a la red. D. Equipos para Sistemas Solares Térmicos (calentador solar) Para la certificación de equipos para Sistemas Solares Térmicos enumerados a continuación, tendrá que cumplir con los siguientes requisitos: ELRT 1. Sistema de Colectores Solares para Uso Doméstico a. Hoja de Datos Técnicos suministrada por el manufacturero; YTG b. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique el MSA cumplimiento con uno de los siguientes estándares: CRP i. Solar Rating & Certification Corporation (SRCC) Certification Standard OG-300 O el vigente; ii. ISO Standard 9806 O vigente; iii. EN 12975, EN 12976, EN 12977-3 0 el vigente; C. Proveer carta de garantía por el manufacturero por un mínimo de cinco (5) años. 2. Colectores Solares para Uso Comercial a. Hoja de Datos Técnicos suministrada por el manufacturero; Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 55 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee b. Proveer certificación, otorgada por un NRTL, que indique el cumplimiento con uno de los siguientes estándares: i. Solar Rating & Certification Corporation (SRCC) Certification Standard OG-100 para el colector solar y el OG-300 para el sistema completo 0 el vigente; ii. ISO Standard 9806-1 o vigente; iii. EN 12975, EN 12976, EN 12977-3 o el vigente. C. Proveer carta de garantía por el manufacturero por un mínimo de cinco (5) años. ELRT 3. Colectores Solares para Aplicaciones Especiales a. Hoja de Datos Técnicos suministrada por el manufacturero; YTG b. Proveer certificación bajo los estándares correspondiente al MSA equipo; CRP C. Carta de garantía por el manufacturero del equipo por un mínimo de cinco (5) años. E. Otros Equipos de Energía Renovable 1. Aparte de los equipos antes señalados, de forma específica, cualquier otro equipo que se interese vender 0 instalar en la jurisdicción de Puerto Rico, con la intención de cualificar para alguno de los incentivos provistos en la Ley 60 -2019, según enmendada, y conocida como Código de Incentivos de Puerto Rico, 0 cualquier otra ley análoga, para producir energía mediante el uso de fuentes renovables, incluyendo pero sin limitarse a: energía solar, eólica, Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 56 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee geotérmica, océano-térmica, océano-cinética, hidroeléctrica, recuperación de metano mediante el uso de alta tecnología y tecnología de conversión térmica alterna, tendrá que ser evaluado y certificado, previo a instalación. Por lo que se deberá cumplir con el proceso de Pre-Consulta establecido por la OGPe, para obtener la certificación de estos equipos. F. Cumplimiento con Códigos de Construcción y normativas aplicables La ubicación, instalación, ventilación, separaciones, protección contra incendio, rotulación y accesos a los equipos descritos en este articulo ELRT deberán cumplir, como mínimo, con: YTG 1. International Residential Code (IRC), cuando sea aplicable a MSA instalaciones residenciales; CRP 2. International Fire Code (IFC), según aplique al tipo de ocupación, capacidad instalada y localización; y 3. Los requisitos del fabricante y de la Autoridad Competente (AHJ), incluyendo condiciones de montaje, despejos, mantenimiento y reparación.
Regl. 9793, art. 15 dup2: Requisitos para la Certificación de Equipos a Venderse | Justis AI