Regl. 9793, art. 25

Interpretación

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Cite as Reglamento Núm. 9793, Art. 25

Las disposiciones de este Reglamento se interpretarán liberalmente de forma tal que viabilicen los propósitos de este. A su vez, las disposiciones aquí establecidas complementarán hermenéuticamente aquellas que, por Reglamento pueda adoptar la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos, para atender asuntos en los que se comparta jurisdicción. ELRT Las palabras y frases en este Reglamento se interpretarán según el contexto y el YTG significado avalado en el uso común y corriente, salvo cuando se les haya dado una MSA definición específica. Las voces usadas en el tiempo presente incluyen también el futuro; CRP las usadas en el género masculino incluyen el femenino y neutro; el número singular incluye al plural y el plural incluye al singular, siempre que la interpretación no contravenga el propósito de la disposición. Los términos de tiempo, en días, se refieren a días naturales 0 calendario, excepto que se disponga expresamente de otra forma. En caso de existir alguna discrepancia, conflicto 0 inconsistencia entre las versiones en inglés y en español de este reglamento, prevalecerá la versión en español. Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 65 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee
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