Regl. 9793, art. 3

REGLAMENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE INSTALADORES DE SISTEMAS DE ENERGÍA REMOVABLE FOTOVOLTAICOS Y AEROGENERADORES Y CERTIFICACIÓN DE EQUIPOS DE SISTEMAS DE ENERGÍA RENOVABLE (MO-PPPE-001)

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Cite as Reglamento Núm. 9793, Art. 3

Propósito El propósito de este Reglamento es desarrollar y promulgar la política pública energética en Puerto Rico, fomentando el uso de energía de fuentes renovables, para así disminuir la dependencia en el petróleo, y contribuir a la calidad del aire y ambiente en nuestra isla. Específicamente, este reglamento: 1. Establece la obligación mediante un proceso ágil y eficaz para la certificación ante el Programa de Política Pública Energética, en adelante, "PPPE" 0 "Programa", para todo Ingeniero Electricista Licenciado o Perito Electricista interesado en ser Instalador de Sistemas de Energía Renovable Fotovoltaicos o en realizar la integración eléctrica de equipos de generación de energía renovable; y para todo Ingeniero Licenciado interesado en ser instalador de Sistemas de Energía Reglamento para la Certificación de Instaladores de Sistemas de Energía Renovable 4 Document ID: f7ea618019124b1587013454515926627acf37ee Renovable Aerogeneradores en Puerto Rico. A su vez, establece los requisitos de renovación de dicha certificación. 2. Instituye los requisitos técnicos y de calidad que deben satisfacer los equipos que forman parte de sistemas de energía renovable, para que estos pueden ser certificados para la venta, instalación o manufactura en Puerto Rico. 3. Promueve una mejor utilización de los recursos de energía renovable.
Regl. 9793, art. 3: REGLAMENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE INSTALADORES DE SISTEMAS DE ENERGÍA REMOVABLE FOTOVOLTAICOS Y AEROGENERADORES Y CERTIFICACIÓN DE EQUIPOS DE SISTEMAS DE ENERGÍA RENOVABLE (MO-PPPE-001) | Justis AI