Regl. 4176, art. 13-13.3
DÃas Feriados
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Cite as Reglamento Núm. 4176, Art. 13-13.3
Los dÃas que se enumeran a continuación serán dÃas feriados para los
empleados de confianza en el Departamento.
FECHA
CALENDARIO
1. lro. de enero
DÃa de Año Nuevo
2. 6 de enero
DÃa de Reyes
3. 11 de enero
Natalicio Eugenio MarÃa de Hostos
4. Tercer lunes de enero
Natalicio Martin Luther King
5. Tercer lunes de febrero
Natalicio Jorge Washington
6. 22 de marzo
DÃa de la Abolición de la
Esclavitud
7. Movible
Viernes Santo
8. 16 de abril
Natalicio de José de Diego
9. Ultimo lunes de mayo
DÃa de la Conmemoración de los
Muertos en la Guerra
10. 4 de julio
Dia de la Independencia de los
Estados Unidos
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FECHA
CALENDARIO
11. 17 de julio
Natalicio de Luis Muñoz Rivera
12. 25 de julio
DÃa de la Constitución del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico
13. 27 de julio
Natalicio de José Celso Barbosa
14. Primer lunes de septiembre
DÃa del Trabajo y de Sanitago
Iglesias Pantin
15. 12 de octubre
DÃa de la Raza (Dia del
Descubrimiento de América)
16. 11 de noviembre
DÃa del Veterano
17. noviembre (movible)
DÃa de las Elecciones Generales
18. 19 de noviembre
DÃa del Descubrimiento de
Puerto Rico
19. Cuarto jueves de noviembre
DÃa de Acción de Gracias
20. 25 de diciembre
DÃa de Navidad
En adición, se considerarán dÃas feriados aquellos declarados como
tales por el Gobernador. En el caso en que la celebración de un dÃa feriado
cayera en domingo, la celebración del mismo será observado el dÃa
siguiente.
Cuando por necesidades del servicio se haya establecido una semana de
trabajo donde los dÃas de descanso no sean sábado y domingo y el segundo
dÃa de descanso coincide con un dÃa feriado, será discrecional del
Secretario conceder libre el dÃa siguiente al feriado.
Cuando se haya establecido una jornada regular semanal de trabajo
reducida y el último dÃa de descanso coincide con un dÃa feriado, será
discrecional del Secretario conceder libre el dÃa siguiente al feriado.
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