Regl. 9796, art. 1.01

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Cite as Reglamento Núm. 9796, Art. 1.01

Este Reglamento Conjunto se adopta al amparo del Artículo IV.II.1 de la Ley Núm. 87-2025, conocida como "Código de Lactancia de Puerto Rico", y en virtud de las facultades delegadas a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) mediante el Artículo 10(d) de la Ley Núm. 20- 2001, según enmendada, conocida como "Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres", así como de las facultades conferidas al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) por la Sección 4 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos". Su adopción se realiza, además, 1 REGALAMENTO ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO INVESTIGATIVO, ADJUDICATIVO Y DE IMPOSICIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN CASOS DE INCUMPLIMIENTO CON EL CÓDIGO DE LACTANCIA DE PUERTO RICO, LEY NÚM. 87-2025 conforme a las disposiciones aplicables de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico" ("LPAUG").
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