Regl. 9796, art. 6.01
Fondos Recaudados
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Cite as Reglamento Núm. 9796, Art. 6.01
Los fondos que se recauden por concepto de multas, penalidades O sanciones impuestas conforme
a este Reglamento serán destinados a la OPM, para la distribución de fondos y donativos a
albergues que atienden mujeres en situaciones de alto riesgo, conforme dispone el ArtÃculo IV.II.1
del Código de Lactancia de Puerto Rico.