Regl. 9796, art. 6.01

Fondos Recaudados

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Cite as Reglamento Núm. 9796, Art. 6.01

Los fondos que se recauden por concepto de multas, penalidades O sanciones impuestas conforme a este Reglamento serán destinados a la OPM, para la distribución de fondos y donativos a albergues que atienden mujeres en situaciones de alto riesgo, conforme dispone el Artículo IV.II.1 del Código de Lactancia de Puerto Rico.
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