Regl. 9798, art. 3

ALCANCE

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Cite as Reglamento Núm. 9798, Art. 3

El Programa está dirigido a estudiantes universitarios tanto subgraduados como graduados, incluidos aquellos que hayan completado su grado académico dentro de un período no mayor de un año previo a la solicitud, que cumplan con los requisitos establecidos por la Oficina y la modalidad correspondiente del Programa. Además, será de aplicación al personal de la Oficina responsable de su administración, coordinación, supervisión, mentoría y evaluación de las distintas modalidades. Las disposiciones del Reglamento aplican desde que se selecciona el participante hasta la culminación del semestre académico o hasta que termine su participación en el Programa.
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