Regl. 9798, art. 3
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Cite as Reglamento Núm. 9798, Art. 3
El Programa está dirigido a estudiantes universitarios tanto subgraduados como
graduados, incluidos aquellos que hayan completado su grado académico dentro
de un período no mayor de un año previo a la solicitud, que cumplan con
los requisitos establecidos por la Oficina y la modalidad correspondiente del
Programa. Además, será de aplicación al personal de la Oficina responsable de
su administración, coordinación, supervisión, mentoría y evaluación de las
distintas modalidades.
Las disposiciones del Reglamento aplican desde que se selecciona el
participante hasta la culminación del semestre académico o hasta que termine su
participación en el Programa.