Regl. 4176, art. 4 dup2
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 4176, Art. 4 dup2
Las siguientes frases 0 términos usados en este Reglamento tendrán el
significado que a continuación se indica, a menos que el cotenxto indique
claramente otra cosa:
1. Adiestramiento de Corta Duración: significa el adiestramiento
práctico o los estudios académicos que preparan al empleado
para el mejor desempeño de sus funciones. Este tipo de
adiestramiento no puede exceder el término de seis (6) meses.
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2. Administrador Individual: significa la agencia, organismo
0 programa cuyo personal se rige por el principio de mérito
y se administra en forma autónoma con el asesoramiento y
evaluación de la Oficina Central.
3. Agencia: significa el conjunto de funciones, cargos y puestos
que constituyen toda la jurisdicción de una autoridad
nominadora, independiente que se denomine Departamento,
Corporación Pública, Oficina, Administración, Comisión, Junta,
Tribunal, Municipio o de cualquier otra forma.
4. Alumbramiento: significa el acto mediante el cual la criatura
concebida es expelida del cuerpo materno por la vÃa natural, 0
es extraida legalmente de éste, mediante procesamientos
quirúrgico-obstétricos. Comprende asimismo, cualquier
alumbramiento prematuro, el malparto o aborto involuntario,
inclusive en este último caso, aquellos inducidos legalmente
por facultativos médicos, que sufriere la madre en cualquier
momento durante el embarazo.
5. Ascenso: significa el cambio de un empleado de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior
cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de
clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias
con un plan de clasificación uniforme, significa el cambio de un
empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase para
la cual se haya provisto un tipo mÃnimo de retribución más alto.
6. Autoridad Nominadora: significa cualquier funcionario con la
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facultad legal para nombrar personal en los puestos. En el
Departamento, el Secretario.
7. Beca: significa la ayuda monetaria que se concede a una
persona para que prosiga estudios superiores en una universidad
o institución acreditada con el fin de ampliar su preparación
académica, profesional y técnica.
8. Cesantia: significa la separación del servicio impuesta a un
empleado debido a la eliminación de su puesto por falta de
trabajo o de fondos, 0 por estar fÃsica y/o mentalmente incapacitado para desempeñar los deberes del puesto que ocupa.
9. Clase o Clase de Puesto: significa un grupo de puestos cuyos
deberes, Ãndole de trabajo, autoridad y responsabilidades sean
de tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse
con el mismo titulo; exigirse a sus incumbentes los mismos
requisitos mÃnimos; utilizarse las mismas pruebas de aptitud
para la selección de empleados; y aplicarse la misma escala de
retribución con equidad bajo condiciones de trabajo sustancialmente iguales.
10. Clasificación de Puestos: Significa la agrupación de puestos
en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración
de personal.
11. Concepto de Clases: significa una exposición escrita y
narrativa en forma concisa y genérica sobre el contenido
funcional en términos de los deberes y responsabilidades
representativas de los puestos que enmarca.
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12. Departamento: significa el Departamento de Justicia.
13. Descenso: significa el cambio de un empleado de un puesto en
una clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel
inferior, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes
de clasificación, cuando ocurre en la misma agencia o entre
agencias con un plan de clasificación uniforme, significa el
cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto
en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mÃnimo
de retribución más bajo.
14. Destitución: significa la separación final y absoluta del
servicio impuesta a un empleado como medida disciplinaria por
justa causa.
15. Director: significa el Director de la Oficina Central de
Administración de Personal.
16. Grupo Ocupacional 0 Profesional: significa una agrupación de
clases y serie de clases que describen puestos comprendidos
en el mismo ramo o actividad de trabajo.
17. Instituto: significa el Instituto para el Desarrollo de
Personal en el Servicio Público, adscrito a la Oficina Central
de Administración de Personal.
18. Ley 0 Ley de Personal: significa la Ley Número 5 del
14 de octubre de 1975, según sea subsiguientemente enmendada,
conocida como "Ley de Personal del Servicio Público de
Puerto Rico".
19. Licencia sin Sueldo para Estudio: significa la licencia
especial, con sueldo, que se concede a los empleados con el
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fin de ampliar su preparación académica, profesional O técnica
para mejorar el servicio que prestan.
20. Nombramiento: significa la designación oficial de una persona
para realizar determinadas funciones.
21. Oficina Central: significa la Oficina Central de Administración
de Personal.
22. Pago de MatrÃcula: significa el pago total o parcial de los
derechos de asistencia a cursos universitarios o especiales.
23. Plan de Clasificación: significa un sistema mediante el cual
se estudian, analizan y ordenan en forma sistemática los
diferentes puestos que integran una organización formando
clases y series de clases.
24. Puesto: significa un conjunto de deberes y responsabilidades
asignados o delegados por la autoridad nominadora que requieren
el empleo de una persona durante la jornada completa de trabajo
o durante una jornada parcial.
25. Procedimiento de Reingreso: significa el proceso mediante el
cual cualquier ex-empleado en el Servicio de Confianza
solicita la inclusión de su nombre en el Registro de Reingreso
correspondiente.
26. Reclasificación: significa la acción de clasificar un puesto
que habia sido clasificado previamente. La reclasificación
puede ser a nivel superior, igual 0 inferior.
27. Reingreso: significa la inclusión en el registro correspondiente,
para ser certificado para empleo, del nombre de un empleado
regular de carrera O de confianza, que ha renunciado del servicio
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o ha sido separado y es acreedor a mantener elegibilidad para la
clase o clases de puestos en las que sirvió como empleado
regular.
28. Renuncia: significa la separación total, absoluta y voluntaria
de un empleado de su puesto.
29. Secretario: significa el Secretario del Departamento de
Justicia.
30. Sistema o Sistema de Personal: significa las agencias comprendidas bajo la Administración Central y los Administradores
Individuales.
31. Traslado: significa el cambio de un empleado de un puesto a otro
en la misma clase o a un puesto en otra clase con funciones de
nivel similar, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes
de clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia 0 entre
agencias con un Plan de Clasificación Uniforme, significa el
cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase o un
puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo tipo
mÃnimo de retribución.
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PARTE II