Regl. 999, art. 1.05
Supervisor de Conserjes II
Cite as Reglamento Núm. 999, Art. 1.05
1.17
(b) La compensación por la limpieza de los salones se
calculará a base de 22¢ por salón. Cada vez que se revisen
los tipos de retribución que fija la Regla 6 (a), se hará tambien la revisión correspondiente en el tipo de compensación
por la limpieza de los salones. 11
Esta enmienda tendrá fuerza de ley inmediatamente
después de publicarse, de acuerdo con las disposiciones de
la Ley Núm. 112, de 30 de junio de 1957, en el Boletin del
se radicará previamente en la Oficina del Secretario de Estado
un original y dos copias de su versión en español e inglés.
San Juan, Puerto Rico
4
de octubre de 1965.
aleneval
Antonio Cuevas Viret
Director