Regl. 4176, art. 8-8.2 dup2

Verificación de Requisitos

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Cite as Reglamento Núm. 4176, Art. 8-8.2 dup2

1. Antes de efectuarse el nombramiento se verificará que los candidatos seleccionados para ocupar puestos de confianza reúnan los requisitos que considere imprescindibles para el adecuado desempeño de las funciones de los puestos en los cuales habrán de ser nombrados y las condiciones generales para ingreso al servicio público indicadas en el inciso 2, Sección 8.1, que antecede. Además, se verificará que el candidato reúna los requisitos de licencia o colegiación que sean requeridos para ejercer la profesión u ocupación correspondiente al puesto, si ese fuera el caso. 2. Será motivo para la cancelación de cualquier selección de un candidato el no presentar la evidencia requerida 0 no llenar los requisitos a base de la evidencia presentada.
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