Regl. 4176, art. 8-8.2 dup2
Verificación de Requisitos
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Cite as Reglamento Núm. 4176, Art. 8-8.2 dup2
1. Antes de efectuarse el nombramiento se verificará que los
candidatos seleccionados para ocupar puestos de confianza
reúnan los requisitos que considere imprescindibles para
el adecuado desempeño de las funciones de los puestos en
los cuales habrán de ser nombrados y las condiciones
generales para ingreso al servicio público indicadas en
el inciso 2, Sección 8.1, que antecede. Además, se verificará que el candidato reúna los requisitos de licencia
o colegiación que sean requeridos para ejercer la
profesión u ocupación correspondiente al puesto, si ese
fuera el caso.
2. Será motivo para la cancelación de cualquier selección de
un candidato el no presentar la evidencia requerida 0 no
llenar los requisitos a base de la evidencia presentada.