Regl. 4177, art. 15-15.8

Ausencias

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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 15-15.8

Es deber y obligación de todo empleado informar a su supervisor la razón o razones de sus ausencias. Las ausencias esporádicas 0 excesivas en que pueden incurrir los empleados afectan adversamente el funcionamiento normal del Departamento. De conformidad con esta posición, se establecen las siguientes normas que deberán observar los empleados del Departamento: 1. Toda ausencia será cargada a algún tipo de licencia, excepto la ausencia sin autorización. 2. En caso de ausencia imprevista, el empleado deberá comunicarse 110 con su supervisor por el medio más rápido a su alcance, dentro de las primeras horas de incurrida la ausencia, para notificar la razón 0 razones de la misma. De no poder hacerlo el mismo día, deberá notificarlo inmediatamente una vez se reintegre a su trabajo. De prolongarse su ausencia en exceso de un día, será obligación del empleado poner en conocimiento de la situación a su supervisor. 3. Cuando el empleado no notifique el motivo de cualquier ausencia, 0 las justificaciones que ofrezca a su regreso no sean aceptadas por su supervisor, se considerará ausencia sin autorización. E1 tiempo correspondiente se deducirá de su sueldo. 4. Todo empleado que necesite estar ausente y tenga conocimiento previo de la siutación, deberá comunicarlo a su supervisor para obtener la autorización correspondiente por lo menos el día anterior, e informarle la razón o razones para la misma. 5. Todo empleado que necesite salir fuera de la oficina en horas laborables en asuntos personales, deberá obtener autorización previa de su supervisor, para ausentarse. 6. Cuando un empleado se ausente del trabajo sin autorización después de haber iniciado sus labores, O se ausente por cinco (5) días 0 más consecutivos sin notificar la razón de la ausencia o estar debidamente autorizado, se considerará como abandono de servicio. Esta situación podrá ser motivo para acción disciplinaria, incluyendo destitución, por recomendación del supervisor. 7. Las ausencias habrán de ser consideradas desfavorablemente en las recomendaciones para aumentos de sueldo por mérito. 111
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