Regl. 4177, art. 4
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 4
Las siguientes frases o términos usados en este Reglamento tendrán el
significado que se indica a continuación, a menos que el contexto indique
claramente otra cosa:
1. Adiestramiento de Corta Duración: significa instrucción práctica
o estudios académicos por un periodo no mayor de seis (6) meses,
que prepara al empleado para el mejor desempeño de sus funciones.
2. Administrador Individual: significa la agencia, organización o
programa cuyo personal se administra en forma autónoma con el
asesoramiento y evaluación de la Oficina Central.
3. Agencia: significa el conjunto de funciones, cargos y puestos
que constituyen toda la jurisdicción de una autoridad nominadora,
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independientemente que se denomine Departamento, Corporación Pública,
Oficina, Administración, Comisión, Junta, Tribunal, Municipio o de
cualquier otra forma.
4. Alumbramiento: significa el acto mediante el cual la criatura
concebida es expelida del cuerpo materno por la via natural, o es
extraÃda legalmente de éste, mediante procedimientos quirúrgicoobstétricos. Comprende asimismo, cualquier alumbramiento prematuro,
el malparto o aborto involuntario, inclusive en este último caso,
aquellos inducidos legalmente por facultativos médicos, que sufriere
la madre en cualquier momento durante el embarazo.
5. Areas Esenciales al Principio de Mérito: significa:
a) Clasificación de Puestos, b) Reclutamiento y Selección,
c) Ascensos, Traslados y Descensos, d) Adiestramiento y
e) Retención.
6. Ascenso: significa el cambio de un empleado de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior
cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación.
Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias con un plan de
clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado de un
puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya
provisto un tipo minimo de retribución más alto.
7. Autoridad Nominadora: significa cualquier funcionario con la
facultad legal para nombrar personal en los puestos. En el
Departamento, el Secretario.
8. Beca: significa la ayuda monetaria que se concede a una persona
para que prosiga estudios superiores en una universidad O institución
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acreditada con el fin de ampliar su preparación académica,
profesional y técnica.
9. Certificación de Elegibles: significa el proceso mediante el cual
el Departamento certifica para cubrir los puestos vacantes,
selecciona y refiere para empleo los nombres de los candidatos que
estén en turno de certificación, en orden de nota y que aceptan las
condiciones de empleo, en elnúmero que se prescriba por reglamento.
10. Cesantia: significa la separación del servicio impuesta a un empleado
debido a la eliminación de su puesto por falta de trabajo o de
fondos, o por estar fÃsica y/o mentalmente incapacitado para
desempeñar los deberes del puesto que ocupa.
11. Clase o Clase de Puesto: significa un grupo de puestos cuyos
deberes, indole de trabajo, autoridad y responsabilidades sean de
tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse con el
mismo tÃtulo; exigirse a sus incumbentes los mismos requisitos
mÃnimos; utilizarse las mismas pruebas de aptitud para la selección
de empleados; y aplicarse la misma escala de retribución con equidad
bajo condiciones de trabajo sustancialmente iguales.
12. Clasificación de Puestos: significa la agrupación sistemática de
puestos en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración de personal.
13. Convocatoria de Reclutamiento: significa parte del proceso de
reclutamiento mediante el cual se ofrece un aviso público sobre
las oportunidades de empleo para que los interesados que se consideren
cualificados puedan aspirar a empleo libremente, en igualdad de
condiciones.
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14. Departamento: significa el Departamento de Juticia.
15. Descenso: significa el cambio de un empleado de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel inferior,
cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación,
cuando ocurre en la misma agencia O entre agencias con un plan de
clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado de un
puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya
provisto un tipo mÃnimo de retribución más bajo.
16. Descripcion de Puesto: significa una exposición escrita y narrativa
sobre los deberes, autoridad y responsabilidad que envuelve un puesto
en especÃfico y por los cuales se responsabiliza al incumbente.
17. Destitución: significa la separación total y absoluta del servicio
impuesta a un empleado como medida disciplinaria por justa causa.
18. Director: significa el Director dela Oficina Central de
Administración de Personal.
19. Elegible: significa una persona cualificada para nombramiento en
el servicio público.
20. Especificación de Clase: significa una exposición escrita y narrativa
en forma genérica que indica las caracterÃsticas preponderantes del
trabajo que entraña uno o más puestos en términos de naturaleza,
complejidad, responsabilidad y autoridad, las cualificaciones minimas
que deben poseer los candidatos a ocupar los puestos y la duración
del periodo probatorio.
21. Examen: significa una prueba escrita, oral, fÃsica, de ejecución,
evaluaciones de experiencia y preparación; u otras.
22. Formulación de Cargos: significa el documento mediante el cual la
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autoridad nominadora hará saber a un empleadolas violaciones
imputadas respecto a las normas de productividad, eficiencia,
orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público.
23. Instituto: significa el Instituto para el Desarrollo de Personal
en el Servicio Público, adscrito a la Oficina Central de
Administración de Personal.
24. Junta de Apelaciones: significa la Junta de Apelaciones del Sistema
de Administración de Personal.
25. Ley o Ley de Personal: significa la Ley Número 5 del 14 de octubre
de 1975, según sea subsiguientemente enmendada, conocida como "Ley
de Personal del Servicio Público de Puerto Rico".
26. Licencia con Sueldo para Estudio: significa la licencia especial
con sueldo, que se concede a los empleados con el fin de ampliar
su preparación académica, profesional o técnica para mejorar el
servicio que prestan.
27. Nombramiento: significa la designación oficial de una persona
para realizar determinadas funciones.
28. Nombramiento Transitorio: significa el reclutamiento y nombramiento
de una persona, para atender unas necesidades especÃficas, por término
fijo.
29. Normas de Reclutamiento: significa las determinaciones en cuanto
a requisito mÃnimo y el tipo de examen para ingreso a una clase de
puesto.
30. Oficina Central: significa la Oficina Central de Administración
de Personal.
31. Pago de MatrÃcula: significa el pago total o parcial de los
derechos de asistencia a cursos universitarios o especiales.
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32. Periodo Probatorio: significa el término durante el cual un empleado,
al ser nombrado en un puesto de carrera está en periodo de adiestramiento y prueba, y sujeto a evaluaciones periódicas en el desempeño
de sus deberes y responsabilidades.
33. Plan de Clasificación: significa el sistema mediante el cual se
estudian, analizan y ordenan en forma sistemática los diferentes
puestos que integran una organización formando clases y series de
clases.
34. Principio de mérito: significa el concepto de que los empleados
públicos deben ser clasificados, seleccionados, ascendidos, retenidos,
adiestrados y tratados en todo lo referente a su empleo sobre la base
de la capacidad, sin discrimen por razones de raza, color, sexo,
nacimiento, edad, origen o condición social, ni por sus ideas polÃticas
o religiosas.
35. Puesto: significa un conjunto de deberes y responsabilidades
asignados o delegados por la autoridad nominadora que requieren el
empleo de una persona durante la jornada completa de trabajo o durante
una jornada parcial.
36. Procedimiento de Reingreso: significa el proceso mediante el cual
cualquier ex-empleado regular en el Servicio de Carrera solicita la
inclusión de su nombre en el Registro de Reingreso correspondiente.
37. Reclasificación: significa la acción de reclasificar un puesto que
habia sido clasificado previamente. La reclasificación puede ser a
un nivel superior, igual o inferior.
38. Registro de Elegibles: significa una lista de nombres de personas
que han cualificado para ser consideradas para nombramiento en una
clase determinada luego de haber aprobado el examen correspondiente.
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39. Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito:
significa el reglamento adoptado por la Oficina Central de
Administración de Personal sobre las Areas Esenciales al Principio
de Mérito, de conformidad con las disposiciones de la Sección 4.1
de la Ley de Personal.
40. Reingreso: significa la inclusión en el registro correspondiente,
para ser certificado para empleo, del nombre de un empleado regular
de carrera o de confianza, que ha renunciado del servicio o ha sido
separado y es acreedor a mantener elegibilidad para la clase 0 clases
de puestos en las que sirvió como empleado regular.
41. Renuncia: significa la separación total, absoluta y voluntaria de
un empleado de su puesto.
42. Secretario: significa el Secretario del Departamento de Justicia.
43. Serie 0 Serie de Clases: significa una agrupación de clases que
refleja los distintos niveles jerárquicos de trabajo existentes.
44. Sistema o Sistema de Personal: significa el Sistema de Personal del
Servicio Público de Puerto Rico.
45. Suspensión de Empleo y Sueldo: significa la separación temporal del
servicio impuesta a unempleado como medida disciplinaria por justa
causa.
46. Traslado: significa el cambio de un empleado de un puesto a otro
en la misma clase o a un puesto en otra clase con funciones de nivel
similar, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de
clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias
con un Plan de Clasificación Uniforme, significa el cambio de un
empleado de unpuesto a otro en la misma clase o unpuesto en otra
clase para la cual se haya provisto el mismo tipo de retribución.
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47. Vista Administrativa: significa una audiencia para ser oido y
presentar los argumentos, planteamientos y/o posiciones por escrito
0 en forma oral sobre un asunto particular. Se puede referir a:
vista para enmiendas a este Reglamento 0 cualquier otro que asà se
especifique; 0 a vista para defenderse con relacióna cualquier
imputación, cuya sanción pudiera resultar en la suspensión,
separación o destitución del servicio de un empleado.