Regl. 4177, art. 8-8.5 dup2
Status de los Empleados en Puestos Reclasificados
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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 8-8.5 dup2
E1 status de los empleados de carrera del Departamento cuyos puestos
sean reclasificados, se determinará con arreglo a lo siguiente:
1. Reclasificación que surge por virtud de un error en la clasificación original.
a) Si el cambio representa un ascenso, se podrá:
(1) Confirmar al empleado en el puesto reclasificado
sin ulterior certificación de elegibles, si el
empleado reúne los requisitos.
(2) Trasladar al empleado a otro puesto de igual
clasificación al que fue nombrado, si lo hubiera
vacante y el traslado no resultase oneroso.
b) Si el cambio representa un descenso, se podrá:
(1) Confirmar al empleado en el puesto reclasificado
mediante su consentimiento, por escrito, sin que
ello invalide su derecho de apelación, si asà lo
quiere hacer.
(2) Trasladar al empleado a un puesto vacante que
hubiere de la clase correspondiente al nombramiento
del empleado.
(3) Dejar en suspenso la reclasificación del puesto
hasta tanto se logre reubicar al empleado.
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En cualquiera de los casos anteriores el empleado tendrá el
status que tenÃa antes de la reclasificación de su puesto.
2. Reclasificación que surge por cambio sustancial en deberes,
autoridad y responsabilidades.
a) Si el cambio resultare en un puesto de categorÃa superior,
se podrá:
(1) Ascender al empleado si estuviera en turno de certificación en el registro apropiado a la nueva clase.
(2) De no haber registro de elegibles apropiado para la
nueva clase podrá administrársele al empleado un
examen sin oposición.
(3) Abrir una competencia para cubrir el puesto.
(4) Reubicar el empleado en un puesto de clasificación
igual o similar al de su nombramiento para el cual
el empleado reúna los requisitos mÃnimos. Esto es en
caso en que el incumbente no pudiera ocupar el puesto
reclasificado.
(5) Dejar en suspenso la reclasificación hasta tanto se
logre reubicar al empleado.
En todo caso en que el empleado pase a ocupar el nuevo puesto objeto
de reclasificación por cambio sustancial en deberes, autoridad y
responsabilidades, estará sujeto al periodo probatorio.
3. Reclasificación por Evolución del Puesto o por Modificación al
Plan de Clasificación.
En estos casos, el empleado incumbente del puesto reclasificado
permanecerá ocupando el puesto reclasificado con el mismo status que
antes del cambio.
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