Regl. 4177, art. 8-8.8 dup2
Equivalencia de las Clases de Puestos entre el Plan de
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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 8-8.8 dup2
Clasificación del Departamento, otros Administradores
Individuales y la Administración Central.
En cualquier caso de transferencia de un empleado que ocupa un puesto,
en otra agencia considerada como Administrador Individual, el Departamento
determinará la equivalencia entre las funciones asignadas, a los fines de,
concluir si la transacción procede y determinar asà si constituye un ascenso,
un traslado o un descenso. Esta determinación se efectuará a base de lo
dispuesto en este Reglamento de Personal. Cuando el empleado provenga
de una agencia bajo la Oficina Central, se le solicitará a esta la equivalencia.