Regl. 4177, art. 8-8.8 dup2

Equivalencia de las Clases de Puestos entre el Plan de

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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 8-8.8 dup2

Clasificación del Departamento, otros Administradores Individuales y la Administración Central. En cualquier caso de transferencia de un empleado que ocupa un puesto, en otra agencia considerada como Administrador Individual, el Departamento determinará la equivalencia entre las funciones asignadas, a los fines de, concluir si la transacción procede y determinar así si constituye un ascenso, un traslado o un descenso. Esta determinación se efectuará a base de lo dispuesto en este Reglamento de Personal. Cuando el empleado provenga de una agencia bajo la Oficina Central, se le solicitará a esta la equivalencia.
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