Regl. 4177, art. 8 dup2
CLASIFICACION DE PUESTOS
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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 8 dup2
EL Departamento de Justicia establecerá un Plan de CLasificación para
todos los puestos comprendidos en el Servicio de Carrera y además, preparará
las normas y procedimientos necesarios para la implantación y administración
de dicho Plan, en armonia con el Plan de Retribución que se establezca y los
reglamentos aplicables a este último.
En la clasificación de los puestos se tomarán las medidas necesarias para
que se analicen, en la forma más equitativa y objetiva posible, los deberes,
responsabilidades y grado de autoridad de cada puesto independientemente de
la persona que ocupe o que habrá de ocuparlo. Los puestos deben ubicarse en
clases bien definidas que reflejen la verdadera situación en un momento
determinado y que responda a las realidades funcionales del Departamento.