Regl. 4177, art. 9-9.11 dup2

Procedimientos Especiales de Reclutamiento y Selección

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Cite as Reglamento Núm. 4177, Art. 9-9.11 dup2

1. Cuando resulte impracticable atender las necesidades del servicio con nombramientos hechos con sujeción al procedimiento ordinario establecido e este Reglamento, se podrá utilizar procedimientos especiales de reclutamiento y selección para puestos de trabajadores no diestros o semidiestros; cuando no se disponga de registros de elegibles apropiados para determinadas clases de puestos y la urgencia del servicio a prestarse lo justifique; y 40 para garantizar igualdad de oportunidad en el empleo a participantes de programas de adiestramientos y empleo, a fin de cumplir con las metas de tales programas. 2. E1 procedimiento especial de reclutamiento y selección que adopte el Secretario, se ajustará a las siguientes normas: a) Todo nombramiento se hará en consideración al mérito. b) E1 procedimiento será administrado por el funcionario en quien el Secretario delegue. c) Se anunciará las oportunidades de empleo usando los medios de comunicación más convenientes. d) Se establecerán listas de elegibles de reclutamiento continuo hasta que se satisfagan las necesidades del servicio para cada clase de puesto, usando los exámenes que estime apropiados. e) Todo candidato deberá reunir los requisitos mínimos establecidos para el puesto. f) La selección podrá hacerse dentro de los diez candidatos mejor cualificados que estén disponibles en la lista de elegibles. E1 procedimiento especial de reclutamiento y selección para puestos de trabajadores no diestros 0 semi-diestros se limitará al examen de las personas a reclutarse. E1 examen consistirá de una evaluación a los únicos fines de determinar si estos reúnen requisitos mínimos. Los nombramientos transitorios que se efectúen para cubrir puestos permanentes por que no se disponga de registros apropiados y la urgencia 41 de los servicios a prestarse lo justifique, serán por un periodo máximo de noventa (90) días. Durante este periodo se deberán establecer los registros para cubrir los puestos. En estos casos el reclutamiento podrá limitarse al puesto y la zona a los fines de atender las necesidades específicas y particulares del Departamento. También, como último recurso y tomando en consideración las prioridades del servicio, podrá ofrecerse un examen adecuado al candidato 0 los candidatos que hubiere disponibles y cualifiquen plenamente para desempeñar los deberes, y si aprobaran el examen podrá nombrárseles como empleados probatorios. Por conveniencia del servicio se podrá ascender o trasladar transitoriamente a empleados con status regular o probatorio para ocupar puestos de duración fija y puestos permanentes que se deban cubrir con carácter transitorio. Tales empleados conservarán los derechos adquiridos en sus puestos permanentes, entre ellos los de licencia y la reinstalación a sus puestos en propiedad. 42
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