Regl. 4211, art. 12-12.2 dup2
Función de la Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra
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Cite as Reglamento Núm. 4211, Art. 12-12.2 dup2
1. Para el logro de los objetivos señalados, la Autoridad establecerá los
programas y servicios de relaciones de personal que estime necesarios,
conforme a sus recursos y necesidades.
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2. Se formulará un Programa de Relaciones de Personal intergrando
los diferentes programas y servicios de relaciones de personal
tales como atención de sugerencias; orientación y consejerfa en
relación con el trabajo; actividades recreativas y culturales; premios y reconocimientos; y atención de planteamientos y quejas.