Regl. 4211, art. 4-4.3 dup2

Número de Empleados de Confianza

Length: 148 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4211, Art. 4-4.3 dup2

1. El número total de empleados de confianza a tenor con los incisos (1) y (2) de la Sección 4.2 que antecede no excederá -5- de veinticinco (25). No obstante, la Oficina Central podrá aprobar más de veinticinco puestos de confianza cuando el tamaño, complejidad u organización de la Autoridad requiera un número mayor de puestos de confianza para su funcionamiento eficiente. En la designación de puestos de confianza el Director Ejecutivo hará uso juicioso y restringido de la facultad que a esos efectos le confiere la ley. 2 La Autoridad presentará, para la aprobación por la Oficina Central, un plan que contenga los puestos designados de confianza bajo los referidos incisos (1) y (2) con que interese funcionar. Los cambios que luego hubiere en dicho plan se informarán a la Oficina Central a fin de que ésta determine que tales cambios están en armonía con la Ley.
Regl. 4211, art. 4-4.3 dup2: Número de Empleados de Confianza | Justis AI