Regl. 1501, art. 16 dup2
Terminación de la Responsabilidad del SÃndico
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Cite as Reglamento Núm. 1501, Art. 16 dup2
Cuando el Administrador imparta su aprobación a los
informes y cuentas del sÃndico, sometidoles tal como se dispone
en el número 9 de la Sección 13 de este Reglamento, éste quedará
relevado de toda responsabilidad por su intervención en el procedimiento de sindicatura, sujeto a las disposiciones de la Sección
8 inciso (b) de este Reglamento.