Regl. 4211, art. 9-9.7
Otras Actividades de Adiestramiento
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Cite as Reglamento Núm. 4211, Art. 9-9.7
La Autoridad organizará y desarrollará cursos, institutos, talleres,
seminarios, e intercambio de personal con el propósito de ampliar la experiencia profesional O técnica y otras actividades de adiestramento dirigidas al personal en el servicio, para satisfacer las necesidades particulares
de la agencia. Además coordinará con el Instituto la participación de los
empleados de la Autoridad en aquellas actividades de adiestramiento organizadas por el Instituto para satisfacer necesidades comunes y generales de
las agencias.