Regl. 4212, art. 2

Orden de Preferencia

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Cite as Reglamento Núm. 4212, Art. 2

A. En las compras a realizarse para la Autoridad tendrá aplicación la Circular Administrativa: Núm. F-1-74 emitida por la Oficina del Gobernador el 21 de febrero de 1974. Esta Circular establece las medidas para la Implementación de la Ley Núm. 130 del 28 de junio de 1961, referentes a la concesión de un máximo de cinco por ciento (5%) de preferencia en las compras mediante subasta del Gobierno cuando los artículos a adquirirse son producidos, extraídos, manufacturados O ensamblados en Puerto Rico.
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