Regl. 4213, art. 13
Prohibición
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Cite as Reglamento Núm. 4213, Art. 13
Las disposiciones de la Ley de Personal del Servicio Público de Puerto
Rico y el Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito
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en cuanto a la prohibición para efectuar diferentes transacciones de personal
durante periodos pre y post eleccionarios serán aplicables al personal en el
servicio de confianza.