Regl. 4213, art. 17 dup3

Vigencia

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Este Reglamento comenzará a regir en la fecha en que sea aprobado por el Director de la Oficina Central de la Administración de Personal. Dado en San Juan, Puerto Rico, a los días del mes de 19 Adoptado port Fernand Berming Fernando Bermúdez Serrano Fecha Director Ejecutivo Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra Aprobado por: Director Enrique again 14-121-87 Fecha Oficina Central de Administración de Personal
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