Regl. 4213, art. 5-5.10 dup2
Asignación de las Clases de Puestos a las Escalas de Retribución
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Cite as Reglamento Núm. 4213, Art. 5-5.10 dup2
El Director Ejecutivo asignará inicialmente las o clases que integren el
plan de clasificación a las escalas de sueldos contenidas en el plan de retribución vigente, a base principalmente de la jerarquía relativa que se
determine para cada clase dentro del plan de clasificación. En adición, podrá
tomar en consideración otras condiciones, como la dificultad existente
en el reclutamiento y retención del personal para determinadas clases,
cualificaciones necesarias para el desempeño de las funciones, oportunidades
de ascensos existentes dentro del plan de clasificación, sueldos prevalecientes
en otros sectores de la economía para la misma ocupación, condiciones especiales,
aspectos relativos a costo de vida y situación fiscal.
El Director Ejecutivo podrá reasignar cualquier clase de puesto de una
escala de retribución, cuando la necesidad o eficiencia del servicio así lo
requiera; 0 como resultado de un estudio que realizare con respecto a una
clase de puestos, una serie de clases o un área de trabajo; 0 por exigencia
de una modificación al plan de clasificación.